Error del Estado
Señor Director:
La última redacción de la norma para la devolución de los gastos del Proyecto de Ley de Reconstrucción, si bien se sincera entendiendo que es una indemnización, señala que la sentencia que anula una Resolución de Calificación Ambiental sería un "error del Estado" originado en omisiones de información o de trámites por parte del Servicio de Evaluación Ambiental.
Más allá de los incentivos o desincentivos que esto genera, podría implicar configurar el delito de prevaricación administrativa, ya que estos funcionarios, dada su experiencia y conocimientos, a sabiendas habrían dictado resoluciones "manifiestamente injustas". Por otra parte, el mismo Proyecto de Ley de Reconstrucción repone el Comité de Ministros, retrocediendo en la discusión sobre la autonomía y configuración técnica del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, incluyendo la posibilidad de que la evaluación sea intervenida políticamente, dadas las competencias reconocidas por la jurisprudencia a dicho Comité.
Resulta evidente que ambas instituciones no pueden convivir. Si finalmente la norma de restitución de gastos persevera, además de mejorar ostensiblemente su redacción, requerirá garantizar una evaluación técnica y autónoma por parte de Servicio de Evaluación Ambiental.
Ricardo Irarrázabal Sánchez
Director Programa Derecho y Medio Ambiente PUC