"… un incorrecto uso de este componente podría llevar a aprobar o rechazar proyectos utilizando criterios ajenos a la evaluación ambiental, en lógicas de captura o de desviación de poder…", afirma el director del Programa de Derecho y Medio Ambiente, Ricardo Irarrázabal.
El Mercurio
No cabe duda de que el Comité de Ministros es una entidad que embruja: le permitió al gobierno anterior, en el caso Dominga y a través de lo que denominamos la “trampa del Comité de Ministros”, obviar un fallo del Tribunal Ambiental, incorporando nuevas temáticas en un ir y venir desde la sede administrativa a la judicial. También embrujan sus amplias atribuciones, reconocidas por la jurisprudencia: puede aprobar y modificar proyectos rechazados en la evaluación ambiental.
El embrujo también apunta al sector productivo, ya que lo usual es que el Comité apruebe los proyectos. Pero también el embrujo arrastra a algunas ONG, recordando los casos de HidroAysén y Dominga. Y, al parecer, también está embrujando al actual Gobierno: el Comité de Ministros fue repuesto como indicación en el proyecto de ley de reforma al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Es una institución que en el fondo podríamos denominar como “gobiernista”, esto es, al que está en el gobierno, sea del signo que sea y para los objetivos que estime pertinente, le termina por gustar, dado su componente político. Un incorrecto uso de este componente podría llevar a aprobar o rechazar proyectos utilizando criterios ajenos a la evaluación ambiental, en lógicas de captura o de desviación de poder.
Históricamente, el componente político en la evaluación ambiental se ha ido reduciendo progresivamente. En efecto, el año 2010, las comisiones de evaluación reemplazaron a las antiguas Coremas, que incluían al gobernador y a cores. Además, el Comité de Ministros, antiguo Consejo Directivo de Conama, se redujo a seis ministros, incorporándose también el artículo 9 bis a la ley 19.300, que estableció que los aspectos normados de la evaluación señalados en el informe final del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) son vinculantes para la Comisión de Evaluación. Ello resulta lógico y se explica por el avance de la regulación normativa ambiental que va zanjando situaciones de riesgo, dejando un menor espacio para la discrecionalidad del SEIA.
Esta experiencia de años ha sido gravitante para la discusión acerca de una mayor autonomía del SEA, cuestión planteada hace bastante tiempo en distintos programas de gobierno de diferentes colores políticos, y con sugerencias que apuntan a la eliminación del Comité.
Dicha autonomía tiene que ver, en primer lugar, con cuestiones institucionales, por ejemplo, con la incorporación de un Consejo Directivo, que tenga la rectoría técnica y la evaluación del desempeño de los directores regionales y nacional del SEA, fortaleciendo además la capacitación y remuneración de los directores regionales del SEA. En segundo lugar, con reglas claras para la calificación de proyectos, entendiendo que el SEIA es un procedimiento de carácter aprobatorio salvo que existan causales de rechazo como incumplimiento normativo o medidas no apropiadas, lo cual ha de incidir en la legalidad reclamable de los proyectos (titulares, participación ciudadana y consulta indígena). Y en tercer lugar, con un régimen recursivo único respecto a la legalidad, y otro más amplio en términos de reposición y jerárquico por parte de titulares, para que la RCA aprobatoria sea congruente y no tenga contradicciones.
Reponer el Comité de Ministros y sus lógicas es un claro retroceso en la discusión de la autonomía del SEA. ¿O alguien se imagina un Comité de Ministros inserto en las lógicas de la Comisión para el Mercado Financiero o uno que tome decisiones respecto de lo resuelto por la agencia ambiental americana (EPA)?
Una mirada institucional y republicana, basada en el principio de juridicidad, la servicialidad del Estado y el bien común, debiera permitir sustraerse del embrujo del Comité de Ministros y avanzar efectivamente hacia una verdadera autonomía del SEA.