El director del Programa de Derecho y Medio Ambiente fue invitado a exponer en calidad de experto en el marco de la discusión en torno al proyecto que fortalece y mejora la eficacia de la fiscalización y el cumplimiento de la regulación ambiental a cargo de la superintendencia de medio ambiente, establecidos en la Ley N°20.417.
El 24 de abril recién pasado, el director del Programa de Derecho y Medio Ambiente UC, Ricardo Irarrázabal, fue invitado a intervenir en calidad de experto ante la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, sesión que tuvo como objetivo continuar la discusión en torno al Boletín N°16.552-12 que modifica diversos cuerpos legales (entre ellos, la Ley N°20.417) y que y tiene como norte fortalecer la institucionalidad ambiental y mejorar su eficiencia.
El académico UC destacó la relevancia y pertinencia de esta discusión, cuando se cumplen 10 años desde la promulgación de la Ley N°20.417. “Este proyecto fue bastante innovador porque incluyó algo que quizás no se entendió en su momento que era generar incentivos al cumplimiento ya que el objetivo era precisamente maximizar el cumplimiento”, relevó Irarrázabal, agregando que hoy se suman nuevos cuerpos legales relacionados a estos temas que complejizan la institucionalidad ambiental.
Agregó que este proyecto de ley apuesta por un sistema responsivo, que contribuirá al cumplimiento del lineamiento estratégico del proyecto de ley que es maximizar el cumplimiento ambiental. “Una premisa fundamental para el buen funcionamiento del sistema responsivo del ‘garrote y la zanahoria’, es decir, si pone una multa alta, yo tengo que saber cuándo me pondrán esa multa y qué conducta es merecedora de ella. Si no hay claridad o confusión de las respuestas o conductas, es difícil que el sistema responsivo funcione con eficacia”, sentenció.
Respecto del procedimiento sancionatorio, el abogado afirmó que “uno de los grandes desafíos de este proyecto es qué blindajes se pueden utilizar para que haya una conversación entre la ley de delitos ambientales y la ley de la Superintendencia de Medio Ambiente”, agregando que “tenemos una superposición muy evidente en las conductas respecto de los distintos mecanismos de tutela que apunta a la misma conducta y, desde mi perspectiva, eso atenta en parte con las lógicas del sistema responsivo. Esas lógicas creo que son perfectamente alcanzables a través de este proyecto de ley”.
En relación a la problemática conceptual, Irarrázabal enfatizó en la necesidad de ordenar y establecer definiciones claras de conceptos y su relación las acciones que son merecedoras de una sanción. “Qué es riesgo, qué es riesgo peligroso, riesgo significativo, qué es afectación, afectación grave, qué es alteración. Se está poniendo muy caótica nuestra legislación ambiental respecto de esas conductas y eso requiere un orden que yo creo que es la ley de base, la Ley N°19.300”, enfatizó el experto, agregando que queda pendiente una “discusión mayor” en torno a la discrecionalidad de los jueces.