Director del Programa entrega comentarios y propuestas en relación a la consagración de la naturaleza como sujeto de derechos en el proyecto de nueva Constitución
En el marco de la discusión de la temática ambiental en la Convención Constitucional, nuestro Director de Programa en Derecho y Medio Ambiente, Ricardo Irarrázabal, comenta en La Tercera sobre el sistema de protección del medio ambiente aprobado por el Pleno, basado en la consagración constitucional de la naturaleza como sujeEto de derechos.
A través del Foro Constitucional UC, Irarrázabal indica que “la propuesta de radicar la protección del medio ambiente en los derechos de la naturaleza modifica por completo el actual sistema de protección y sus fundamentos expresados en la Ley Nº19.300, generando un completo cambio de paradigma con efectos jurídicos muy difíciles de predecir, dada la limitada aplicación a nivel mundial de los derechos de la naturaleza”. Según explica, no habría evidencias que relacionen una mejor protección ambiental con los derechos de la naturaleza, de acuerdo a los distintos rankings que evalúan el desempeño ambiental de los países.
Entre los principales efectos del cambio del sistema de protección ambiental, se exponen los siguientes:
1) Omisión de la consideración del ambiente como elemento esencial para la protección de la salud de la población, radicándose el objetivo de protección en la naturaleza per sé.
2) La posibilidad en la generación de conflictos con los derechos de las personas: “¿Qué derecho debiera primar entre el derecho de un río a un caudal ecológico y el derecho humano al agua? Es una cuestión que no está zanjada a nivel constitucional, cual puede generar gran incertidumbre (…)”.
3) La gestión ambiental podría generar conflictos con los derechos de la naturaleza.
4) Ausencia de un principio articulador en la propuesta Constitucional, requiriéndose de análisis concretos que permitan resolver conceptos maximalistas y poco realistas.
Para complementar las definiciones aprobadas en el proyecto de nueva Constitución, el experto propone incorporar en el bloque de derechos fundamentales un derecho de las personas a vivir en un medio ambiente sano y libre de contaminación, proporcionando un fundamento normativo de rango constitucional para el desarrollo posterior de instrumentos legales y reglamentarios que apunten a la protección de la salud de la población.
Finalmente, y para zanjar posibles tensiones entre garantías constitucionales, propone consagrar el principio de sostenibilidad como gran principio articulador en la Carta Fundamental (sin circunscribirlo al área de política fiscal, como se propone el Informe de reemplazo de la Comisión de Principios Constitucionales), apuntando al equilibrio entre lo ambiental, económico y social “para que cuando se den políticas públicas ambientales, se tomen en consideración los efectos a nivel económico y social. Pero no solamente eso, sino que también cuando se discuten políticas económicas, o políticas sociales, también se incorpore el criterio ambiental en esa discusión”.
Para ver la noticia del sitio El Mercurio Legal entrar aquí https://www.latercera.com/politica/noticia/academicos-de-la-uc-alertan-sobre-choque-entre-derechos-de-la-naturaleza-y-de-las-personas-en-la-nueva-constitucion/F2XE4MAZJJBRVEJ3KKDEQSWO4A/
Para acceder al contenido de la Minuta del Foro Constitucional UC sobre” Comentarios y propuestas en relación con las normas aprobadas por la Convención que instauran los derechos de la naturaleza”, acceder a https://foroconstitucional.uc.cl/wp-content/uploads/2022/04/Minuta-Derechos-de-la-Naturaleza.pdf