Expertos analizan los desafíos de una eventual reforma a los Tribunales Ambientales

En el tercer encuentro del Ciclo de Diálogos Regulatorios del Programa de Derecho y Medio Ambiente UC, autoridades y especialistas abordaron los principales desafíos que enfrenta la justicia ambiental a más de una década de la creación de los Tribunales Ambientales. Nombramiento de ministros, tiempos de tramitación, capacidad institucional, atribuciones de los jueces técnicos y mecanismos para evitar ciclos sucesivos de judicialización estuvieron entre los principales temas de la discusión.

“¿Es tiempo de reformar nuestra justicia ambiental?”. Esa fue la pregunta que convocó al tercer encuentro del Ciclo de Diálogos Regulatorios, organizado por el Programa de Derecho y Medio Ambiente UC (PDYMA), que reunió a autoridades y especialistas para analizar la experiencia acumulada durante más de 13 años de funcionamiento de los Tribunales Ambientales y los aspectos que podrían ser objeto de una futura reforma.

El encuentro contó con palabras inaugurales de la ministra del Medio Ambiente, Francisca Toledo, y del director del PDYMA UC, Ricardo Irarrázabal. El panel estuvo integrado por Marcela Godoy, ministra presidenta (s) del Segundo Tribunal Ambiental; José Ignacio Vial, subsecretario del Medio Ambiente; Iván Hunter, académico y exministro del Tercer Tribunal Ambiental; y Mario Galindo, socio de VGC Abogados.

En sus palabras inaugurales, la ministra del Medio Ambiente, Francisca Toledo, destacó que Chile fue pionero en crear una judicatura especializada para abordar controversias que requieren una interacción permanente entre derecho y ciencia, y sostuvo que la experiencia de más de una década permite actualmente evaluar qué aspectos deben preservarse y cuáles requieren ajustes.

CDR Justicia ambiental Ministra Francisca Toledo 464x256Entre los principales desafíos identificó los tiempos de tramitación y sus efectos sobre la certeza jurídica; las dificultades que genera la falta de ministros titulares; la coordinación entre procedimientos administrativos y judiciales; y la necesidad de revisar la coherencia de las distintas vías de impugnación existentes en materia ambiental. “Una justicia especializada debe ser rigurosa, qué duda cabe, pero también debe ser oportuna”, señaló la autoridad.

oledo confirmó, además, que el Ministerio está evaluando posibles modificaciones a la institucionalidad. Según explicó, después de más de una década “ha llegado el momento de mirar la arquitectura de la Ley 20.600 a la luz de la experiencia acumulada”, mediante un diálogo que incorpore al Congreso, Poder Judicial, academia y demás actores del sistema. “Tenemos una muy buena justicia ambiental [...] La tarea ahora es hacerla más oportuna, más coherente y más sólida”, puntualizó.

El director del PDYMA UC, Ricardo Irarrázabal, en tanto, contextualizó la discusión revisando los orígenes de los Tribunales Ambientales y la evolución que experimentó su diseño durante la tramitación de la Ley N.º 20.600.

CDR Justicia ambiental Ricardo Irarrazabal 464x256Recordó que originalmente fueron concebidos principalmente como un mecanismo de control jurisdiccional sobre la actuación de la Superintendencia del Medio Ambiente, pero sus competencias se ampliaron durante la discusión legislativa y posteriormente los tribunales se consolidaron como una pieza fundamental de la institucionalidad ambiental chilena.

Entre los problemas que la experiencia ha dejado en evidencia, Irarrázabal mencionó el sistema de designación y subrogancia de ministros, las divergencias de criterios entre tribunales, la composición mixta, la interpretación de la invalidación administrativa ambiental y las dificultades asociadas al artículo 30 de la Ley N.º 20.600, que limita las facultades de los tribunales respecto del contenido discrecional de los actos administrativos anulados. “Todo apunta a una reforma a la parte más orgánica de los tribunales ambientales, pero también a sus facultades y, creo yo, importante, a los recursos procesales”, dijo el académico UC.

Marcela Godoy: los tiempos no pueden analizarse sin considerar la capacidad institucional

La ministra presidenta (s) del Segundo Tribunal Ambiental, Marcela Godoy, centró su exposición en los plazos de tramitación, productividad y carga de trabajo.

CDR Justicia ambiental Marcela Godoy 464x256Explicó que la demanda por justicia ambiental especializada ha aumentado significativamente. En 2025 ingresaron al Segundo Tribunal Ambiental 90 reclamaciones de ilegalidad, frente a 53 en 2024. En el mismo año, el Tercer Tribunal Ambiental recibió 48 y el Primero, 33, mostrando una distribución desigual de la carga.

Godoy advirtió, sin embargo, que los promedios de duración deben analizarse considerando la complejidad de cada controversia. En 2025, las causas acumuladas resueltas por el Segundo Tribunal tuvieron un promedio de tramitación de 754 días, mientras que las no acumuladas alcanzaron 364 días. El tribunal se fijó como meta reducir sus plazos de tramitación en un 25% dentro de cinco años.

Uno de los problemas centrales, sostuvo, es la falta de integración permanente de los tribunales. Durante 2025 el Segundo Tribunal decretó más de 80 audiencias, de las cuales 38 fueron suspendidas; 11 de esas suspensiones estuvieron relacionadas con la disponibilidad o inhabilidad de ministros subrogantes.

“No podemos exigir una mayor velocidad en las resoluciones si no aseguramos también las condiciones mínimas de funcionamiento y las condiciones institucionales necesarias para que los tribunales podamos funcionar de manera continua y estable”, señaló la magistrada y coincidió en que existe espacio para una reforma, pero enfatizó que la rapidez no puede convertirse en el único indicador de desempeño. “La productividad judicial no puede medirse solamente considerando cuántas causas termina un tribunal, sino que también debemos preguntarnos si contamos efectivamente con la capacidad institucional necesaria para resolverlas bien y en un tiempo razonable”.

José Ignacio Vial: revisar el nombramiento y duración de los ministros

CDR Justicia ambiental subsecretario Vial 464x256El subsecretario del Medio Ambiente, José Ignacio Vial, abordó uno de los principales nudos institucionales: el mecanismo de nombramiento de los ministros de los Tribunales Ambientales.

Expuso antecedentes según los cuales estos procesos demoran en promedio 557 días, con casos que han alcanzado los mil días. De acuerdo con los datos presentados, cerca del 55% del tiempo se concentra en la etapa correspondiente al nombramiento presidencial y acuerdo del Senado.

Para Vial, la dimensión política de los asuntos ambientales hace necesario reconocer las particularidades de este proceso y evaluar alternativas que permitan disminuir las vacancias. Entre las opciones planteadas durante los últimos años mencionó extender la permanencia de un ministro hasta el nombramiento de su sucesor y revisar las reglas de subrogancia y los quórums. También planteó evaluar si sigue siendo necesaria la intervención de la Alta Dirección Pública considerando el desarrollo que ha experimentado la especialización en derecho ambiental.

Asimismo, propuso abrir la discusión sobre la duración de los cargos y el actual mecanismo de períodos de seis años con posibilidad de reelección. “Yo creo que en esos dos aspectos está el corazón de lo que se debería analizar: el procedimiento de nombramiento y la duración”, dijo Vial al tiempo en que enfatizó que cualquier modificación debe construirse mediante un proceso amplio y con vocación de permanencia. “Reformas de esta naturaleza tienen que perdurar en el tiempo y para eso se requiere un consenso bastante más amplio”.

Mario Galindo: fortalecer el rol de los ministros técnicos y las facultades de los tribunales

El abogado Mario Galindo, socio de VGC Abogados, concentró su intervención en el carácter especializado de los Tribunales Ambientales y particularmente en el rol de los ministros provenientes del ámbito científico. Planteó que, si el propósito es contar con tribunales de integración mixta, debería existir un tratamiento equivalente entre ministros abogados y científicos. Cuestionó, por ejemplo, que las reglas actuales permitan en determinadas circunstancias reemplazar a ministros técnicos por abogados.

CDR Justicia ambiental Mario Galindo 464x256Su análisis fue más allá de la composición de los tribunales. A su juicio, el procedimiento actual no permite aprovechar suficientemente la especialización científica, debido a las restricciones existentes para incorporar y valorar nueva prueba técnica durante las reclamaciones. “Si vamos a tener un ministro técnico, su aporte tiene que ser real. Y si el aporte tiene que ser real, tenemos que darle la oportunidad de que reciba prueba especializada, la pondere y la valore”, enfatizó.

También cuestionó las limitaciones que enfrenta actualmente el tribunal una vez que determina la ilegalidad de un acto administrativo. Según Galindo, el sistema termina privilegiando la anulación y el posterior retorno del asunto a la Administración, generando procedimientos que pueden prolongarse innecesariamente.

“No estoy proponiendo eliminar los tribunales ambientales, todo lo contrario. Estoy proponiendo fortalecerlos, darles las herramientas al tribunal ambiental y al ministro técnico para que hagan lo que tienen que hacer”.

Finalmente, planteó la necesidad de revisar el actual sistema de recursos ante la justicia ordinaria, considerando los tiempos de tramitación y la experiencia acumulada en la revisión de las decisiones de los Tribunales Ambientales.

Iván Hunter: cómo evitar el “loop judicial”

El académico y exministro del Tercer Tribunal Ambiental Iván Hunter abordó el denominado “loop judicial”: situaciones en que un tribunal anula una decisión administrativa y reenvía el asunto a la Administración, esta dicta un nuevo acto, el nuevo acto vuelve a ser reclamado y eventualmente vuelve a ser anulado, iniciándose nuevamente el ciclo.

CDR Justicia ambiental Ivan Hunter 464x256Hunter relacionó este problema con el artículo 30 de la Ley N.º 20.600, que impide al Tribunal Ambiental determinar el contenido discrecional de los actos anulados. A su juicio, el desafío está en compatibilizar esa restricción —vinculada con la separación de poderes— con la necesidad de que las sentencias permitan resolver efectivamente las controversias.

“Los tribunales deberían avanzar, no solamente en entender que están resolviendo acerca de la legalidad o ilegalidad de un acto, sino que más bien están resolviendo un conflicto”. Para ello propuso avanzar hacia sentencias que delimiten con mayor precisión el margen con que cuenta la Administración al dictar el acto de reemplazo. El reenvío, explicó, puede ser inevitable cuando existen potestades discrecionales, pero eso no significa que la autoridad pueda volver a decidir libremente sobre materias que ya fueron resueltas judicialmente.

Sostuvo, además, que el cumplimiento de una sentencia forma parte de la tutela judicial efectiva y que debería ser el mismo Tribunal Ambiental que dictó el fallo el encargado de controlar su correcta ejecución. “Mi tesis en este punto es que el cumplimiento de la sentencia debe corresponderle al mismo tribunal que la dictó”.

Una discusión que abre camino a una eventual reforma

Al cerrar el encuentro, Ricardo Irarrázabal destacó la convergencia de los expositores en torno a algunos problemas que, tras 13 años de experiencia, aparecen suficientemente identificados. Entre ellos, el sistema de nombramiento y duración de los ministros y, en un plano más complejo, las facultades jurisdiccionales, el artículo 30 y los mecanismos procesales para evitar ciclos sucesivos de litigación.

“Hay muchos temas que se han consolidado [...] y que ya no son tema y quizás hace cinco años sí lo eran. De alguna manera, los temas han decantado y eso yo creo que es muy relevante”, concluyó el director del PDYMA.

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