Durante su participación en la Comisión de Medio Ambiente del Senado, el director del Programa de Derecho y Medio Ambiente UC sostuvo que el proyecto impulsado por el Ejecutivo debe analizarse en conjunto con la reforma al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), destacando la necesidad de avanzar hacia un sistema más eficiente, coherente y predecible, sin disminuir los estándares de protección ambiental.
Una serie de propuestas para perfeccionar el proyecto de ley para las reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social (Boletín 18216-05) presentó el profesor Ricardo Irarrázabal, director del Programa de Derecho y Medio Ambiente UC (PDYMA), durante su exposición ante la Comisión de Medio Ambiente del Senado este 6 de julio, en el marco de la discusión legislativa de la iniciativa impulsada por el Ejecutivo.
En su intervención, el académico UC y ex subsecretario de Estado sostuvo que el proyecto no debe analizarse de manera aislada, sino en estrecha relación con la reforma al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), ya que ambas iniciativas buscan introducir cambios complementarios destinados a fortalecer la eficiencia del sistema, mejorar la certeza jurídica y focalizar la evaluación ambiental en aquellos proyectos que presentan riesgos ambientales significativos.
Racionalizar el sistema sin rebajar los estándares ambientales
Irarrázabal destacó que el concepto central del proyecto es la racionalización de la evaluación ambiental, entendida como una herramienta para mejorar la eficiencia del sistema y concentrar los esfuerzos de la administración en las materias de mayor relevancia ambiental.
En ese sentido, precisó que el objetivo no consiste en flexibilizar las exigencias ambientales, sino en fortalecer la capacidad del sistema para distinguir entre aquellos proyectos que requieren una evaluación más profunda y aquellos cuyos riesgos ya se encuentran suficientemente regulados.
"El foco de la racionalización es la eficiencia y la focalización, es decir, apuntar a aquello que es más riesgoso desde el punto de vista ambiental", señaló durante su presentación.
Asimismo, explicó que esta lógica se refleja en diversas materias contempladas tanto en el proyecto de reconstrucción como en la reforma al SEIA, entre ellas las modificaciones de proyectos, el régimen especial de tramitación, el fortalecimiento de la rectoría técnica del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y el perfeccionamiento de los mecanismos de reclamación administrativa y judicial.
Mayor coherencia jurídica para fortalecer la certeza regulatoria
Uno de los principales planteamientos del director del PDYMA fue la necesidad de avanzar hacia un sistema de evaluación ambiental más coherente desde el punto de vista jurídico.
Según explicó, actualmente un titular de proyecto debe enfrentar distintas instancias de revisión —técnicas, administrativas, políticas y judiciales— cuyos criterios pueden diferir entre sí, generando incertidumbre durante la tramitación de los proyectos.
A ello se suma la existencia de procedimientos paralelos de invalidación administrativa, situación que, a su juicio, complejiza innecesariamente el funcionamiento del sistema.
Frente a este escenario, sostuvo que el proyecto representa una oportunidad para introducir mayor racionalidad y fortalecer la certeza jurídica mediante reglas más claras para la evaluación, la reclamación administrativa y el control judicial.
Precisar las modificaciones de proyectos
Durante su exposición, Irarrázabal también formuló observaciones específicas al articulado del proyecto.
Respecto del tratamiento de las modificaciones de proyectos, valoró que la iniciativa eleve a rango legal los criterios para determinar cuándo una modificación debe volver a ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
No obstante, advirtió que el concepto de "modificación sustantiva" requiere una definición más precisa, proponiendo que dicho criterio se vincule expresamente con los impactos ambientales significativos establecidos en el artículo 11 de la Ley N.º 19.300, con el objeto de disminuir los espacios de discrecionalidad administrativa.
Agilizar la evaluación ambiental
Otro de los aspectos abordados fue el nuevo régimen especial de tramitación. En este punto, recordó la experiencia de la limitación de adendas mediante el Reglamento del SEIA del año 2012, medida que inicialmente generó cuestionamientos, pero que posteriormente permitió reducir los tiempos de evaluación sin afectar los estándares ambientales.
A su juicio, el régimen especial propuesto responde a la misma lógica: agilizar los procedimientos mediante una mejor focalización de la información relevante y aprovechar las nuevas herramientas disponibles para la evaluación ambiental, incluyendo bases de datos consolidadas y nuevas tecnologías de apoyo.
Pronunciamientos sectoriales más enfocados
El académico también planteó la necesidad de precisar el contenido de los pronunciamientos que emiten los organismos con competencia ambiental durante la evaluación de proyectos. En su opinión, dichos pronunciamientos debieran concentrarse exclusivamente en relacionar el mismo con el cumplimiento de la normativa ambiental o determinar si las medidas propuestas son suficientes para hacerse cargo de los impactos significativos del proyecto.
Ello permitiría ordenar técnicamente el proceso de evaluación, facilitar la consolidación de observaciones por parte del SEA y reducir la dispersión de requerimientos que actualmente pueden extender innecesariamente la tramitación ambiental.
Restitución de gastos e invalidación administrativa
En la parte final de su presentación, Irarrázabal abordó el mecanismo de restitución de gastos contemplado en el proyecto de ley. Señaló que se trata de una herramienta de carácter excepcional, destinada a situaciones igualmente excepcionales, cuyo principal aporte radica en entregar mayores garantías y certeza jurídica a quienes desarrollan proyectos de inversión.
Asimismo, propuso que la determinación de los gastos susceptibles de restitución sea conocida por un tribunal.
Finalmente, se refirió a la invalidación administrativa ambiental, materia respecto de la cual planteó la necesidad de reforzar su carácter residual respecto de los mecanismos de reclamación ya contemplados en la Ley N.º 20.600.
En esa línea, propuso uniformar el plazo para ejercer la potestad invalidatoria en seis meses, fortaleciendo la coherencia del sistema de reclamaciones ambientales y evitando superposiciones entre las distintas vías de impugnación.
Con su presentación, el director del Programa de Derecho y Medio Ambiente UC aportó una visión integral sobre la articulación entre el proyecto de ley de reconstrucción nacional y la reforma al SEIA, enfatizando la importancia de avanzar hacia una institucionalidad ambiental que combine altos estándares de protección con mayor eficiencia, certeza jurídica y predictibilidad para todos los actores involucrados.
Revive la intervención del profesor Irarrázabal aquí