Presunción de inocencia y estándar de prueba: claves para el derecho administrativo sancionador

El profesor de Derecho Administrativo y Ambiental de la UC, Jorge Femenías, abordó los fundamentos y desafíos actuales en la aplicación de garantías en el ejercicio del poder sancionador del Estado, en la primera sesión del curso de Fundamentos Constitucionales impartido por el Tribunal Constitucional del Perú.

Los alcances de la presunción de inocencia y el estándar de prueba en el procedimiento administrativo sancionador (PAS) fueron el eje de la exposición del profesor de Derecho Administrativo y Ambiental UC, Jorge Femenías, quien analizó su evolución histórica, fundamentos teóricos y aplicación contemporánea en el ámbito regulatorio en la sesión inaugural del Curso Fundamentos Constitucionales del procedimiento administrativo sancionador, impartido por el Tribunal Constitucional del Perú y el Centro de Estudios Constitucionales del país trasandino.

En su presentación situó este principio como una garantía estructural del Estado de Derecho, con raíces que se remontan al derecho romano —donde se establece que la carga de la prueba recae en quien afirma— y que alcanza su consolidación moderna en la Ilustración, al ser reconocido como un límite al poder punitivo del Estado.

Uno de los puntos centrales fue la extensión de estas garantías al ámbito administrativo. Según explicó Femenías, el derecho administrativo sancionador es una manifestación del mismo ius puniendi estatal que el derecho penal, por lo que debe regirse por principios equivalentes, aunque con ciertos matices derivados de su naturaleza.

En este contexto, la presunción de inocencia cumple una doble función: por un lado, impide tratar al investigado como culpable antes de una decisión firme; y por otro, obliga a la Administración a acreditar suficientemente los hechos para desvirtuarla.

La presentación también abordó el estándar de prueba exigido en estos procedimientos, entendido como el nivel de certeza necesario para imponer una sanción. Mientras algunos sectores sostienen que debe aplicarse el estándar penal —más allá de toda duda razonable—, otros plantean que bastaría una probabilidad prevaleciente. Una tercera posición, hoy dominante, propone un estándar intermedio, que varía según la gravedad de la sanción.

Desde una perspectiva teórica, se destacó que la exigencia de altos estándares probatorios responde a una lógica de protección frente al error: sancionar a un inocente constituye una injusticia más grave que absolver a un culpable, principio ampliamente desarrollado en la tradición jurídica occidental.

En su exposición, el académico concluyó que uno de los principales desafíos actuales es definir criterios más precisos y objetivables sobre el estándar de prueba en el PAS, evitando zonas de indeterminación que puedan afectar tanto la eficacia regulatoria como las garantías de los administrados.